Enfermedades de Alto Costo Regimen Subsidiado
Objetivo
Cubrir el tratamiento para enfermedades definidas como catastróficas o ruinosas en el plan obligatorio de salud régimen subsidiado.
Coberturas básicas
Las enfermedades cubiertas por esta póliza son:
Patologías cardiacas, de aorta torácica y abdominal, vena cava, vasos pulmonares y renales; patologías del sistema nervioso central; insuficiencia renal, gran quemado, infección por VIH, Cáncer, reemplazo articular, parcial o total de cadera o de rodilla, cuidados intensivos: transporte de pacientes de alto costo, medicamento y ayudas diagnosticas.
Exclusiones
La Equidad no será responsable, además, de las exclusiones y limitaciones del plan obligatorio de salud, contenidas en el artículo 18 de la resolución 5261 de 1994, a pagar los gastos directos o indirectamente relacionados con o causados por:
- Radiaciones ionizantes, polución o contaminación radioactiva.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (ya sea con guerra declarada o no), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, poder militar usurpado, confiscado o nacionalización o requisición ordenada por cualquier gobierno o autoridad pública, motín, conmoción civil o vandalismo.
- Accidentes de trabajo y riesgos profesionales.
- Tratamiento psiquiátrico o psicológico.
- Atención en unidad de cuidados intensivos de los siguientes casos clínicos: pacientes en estado terminal de cualquier etiología, pacientes politraumatizados mientras no se haya definido la conducta quirúrgica o neuroquirúrgica y pacientes con signos de muerte cerebral o descerebrados.
- Medicamentos o sustancias que no se encuentren expresamente autorizados en el manual de medicamentos y terapéutica, establecidos para el sistema de seguridad social en salud, o drogas o sustancias experimentales.
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