Equipo electrónico
Objetivo
Pagar al asegurado por los daños materiales accidentales e imprevistos que sufran los equipos electrónicos durante su operación normal, hasta la suma asegurada.
Coberturas básicas
Este seguro cubre los daños materiales causados directamente a los equipos descritos en la carátula de la póliza, dentro del predio señalado, por:
- Incendio, extinción de incendio, explosión, combustión espontánea, trabajo de remoción de escombros después de un incendio, caída de aviones, explosión, salvo cuando ocurre por un acto mal intencionado de cualquier persona o grupo de personas.
- Tempestad (con velocidad del viento limitada hasta 102 km/h), inundación, lluvia, granizo, rotura o desbordamiento de tuberías y tanques de agua.
- Impericia y actos mal intencionados cometidos individualmente por empleados del asegurado excepto cuando tales daños fueren ocasionados mediante el uso de elementos o artefactos explosivos.
- Errores en diseño, material, construcción, montaje y reparación, siempre y cuando no estén amparados bajo el contrato de garantía del fabricante, vendedor, montador o taller de reparación.
- Corto circuito, sobrevoltaje, falla de aislamiento, arco voltaico, fenómenos electromagnéticos y electroestáticos, acción de la electricidad atmosférica, impacto directo de rayo. Es condición indispensable para la validez de las coberturas indicadas en el numeral 4 y 5 la existencia previa a la contratación del seguro, de un contrato de mantenimiento entre el asegurado y el fabricante o vendedor, o en su defectos de una firma idónea para estas labores.
Exclusiones
La Equidad Seguros O.C. no será responsable por pérdidas o daños causados directa o indirectamente a los equipos descritos, por:
- Guerra internacional o civil, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas (con o sin declaración de guerra), rebelión, insurrección, revolución, sedición, asonada, motín o conmoción civil o popular, alborotos populares, conflictos colectivos de trabajo o suspensión de usurpado, actividades de personas que obren en conexión con orden de gobierno de hecho o de derecho o de cualquier autoridad y actos mal intencionados de terceros, de cualquier persona o grupo de personas incluyendo los que ejecutan los movimientos subversivos.
- Actos mal intencionados ocasionados por personas distintas al personal del asegurado o por personal del asegurado cuando haga uso se explosivos, ya sea que el acto se cometa individual o colectivamente, y actos mal intencionados de cualquier naturaleza, cometidos por un número plural de empleados del asegurado.
- Dolo o culpa grave del asegurado o sus representantes o personas responsables de la dirección técnica.
- Defectos de los equipos existentes al iniciarse el seguro de los cuales tenga conocimiento el asegurado, sus representantes o personas responsables de la dirección técnica.
- Reacciones nucleares, radiación nuclear o contaminación radiactiva, explosión de artefactos o armas nucleares.
- Temblor, terremoto, erupción volcánica, huracán. Maremoto, tifón, ciclón.
- Hurto simple y hurto calificado según sus definiciones legales.
La Equidad Seguros O.C., tampoco responderá por:
- Desgaste o deterioro que sean consecuencia del funcionamiento normal.
- Deterioro gradual a consecuencia de condiciones atmosféricas, corrosión, herrumbre.
- Defectos estéticos tales como rasguños a superficies pintadas, pulidas esmaltadas.
- Pérdidas o daño por los cuales sea responsable legalmente el fabricante, vendedor, montador, taller de reparación de mantenimiento del bien asegurado o contractualmente bajo la garantía por venta, reparación, montaje o mantenimiento.
- Pérdidas de o daños a equipos tomados en arriendo por el asegurado y/o por los cuales sea responsable el propietario bajo el contrato de arrendamiento y/o mantenimiento.
- Lucro cesante.
- Pérdidas o daños a partes que se consideran de desgaste (lámparas, electrodos, válvulas, tubo, correas bandas, cables, cadenas, escobillas, juntas, cuerdas, fusibles, cabezas lectoras de impresoras). En este caso puede convenirse expresamente, mediante anexos, una indemnización por daños a dichas partes de acuerdo a una tabla de amortización convenida para cada clase de dispositivo.
- Daños que se ocasionen por movimiento de tierras, excavaciones, actividades relacionadas con la construcción, montaje, pintura y similares.
- Gastos que se ocasionen por trabajos de mantenimiento.
- Pérdida y/o daño de archivos, programas o documentos (software).
- Pérdida y/o daño de películas, placas, cintas. Disquetes, tarjetas magnéticas, y demás portadores de datos.
- Pérdidas o daños que sean consecuencia directa o indirecta de la falla o de la interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica de la red pública, de gas, o de agua, siempre y cuando no se ocasione corto circuito, sobre voltaje, fallas de aislamiento, arco voltaico, fenómenos electromagnéticos y electroestáticos.
- Daños o pérdidas en el hardware o software en equipos de cómputo como consecuencia de virus (programas que se ejecuten por si solos y causan daños).
Documentos mínimos para la expedición
- Slip diligenciado en su totalidad.
- Solicitud de seguro debidamente diligenciada, en las renovaciones puede ser reemplazada por carta del cliente solicitando la renovación.
- Formato de conocimiento de cliente debidamente diligenciado.
- Inspección con fotografías del riesgo.
- Relación detallada y valorizada de los equipos con todas sus características técnicas, (Tipo de equipo, marca, modelo y valor de reposición).
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