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Responsabilidad Civil Contractual Transporte Público

Objetivo

Indemnizar por intermedio del tomador a los pasajeros del vehículo asegurado que sufran lesiones corporales derivadas de la Responsabilidad Civil Contractual en que incurra el transportador del vehículo asegurado, de acuerdo con la legislación colombiana, bajo la póliza y condiciones generales y particulares.

Coberturas básicas

Muerte adicional, Incapacidad permanente o temporal, Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, asistencia jurídica.

Exclusiones

La póliza de responsabilidad civil contractual seguro de accidentes a pasajeros en vehículos de servicio público no cubre ninguna reclamación en los siguientes casos:

  • Terremoto, erupción volcánica, marejada, inundaciones, crecientes o modificación de la estructura de los átomos.
  • Guerra interior o exterior, revolución, rebelión, sedición, asonada, motín.
  • Estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas tóxicas, heroicas o alucinógenas del conductor del vehículo asegurado.
  • Dolo del tomador o del asegurado o del conductor o del pasajero.
  • Lesiones o muerte ocurridas por culpa exclusiva del pasajero.
  • Lesiones o muerte o daños causados por riñas ocasionadas por los pasajeros dentro del vehículo asegurado.
  • Cualquier enfermedad o sincope que sufran los pasajeros del vehículo asegurado que no tenga relación de causalidad con un accidente amparado por esta póliza.
  • Cuando el tomador, asegurado o conductor se declare responsable o efectúe arreglos transaccionales o conciliaciones sin consentimiento escrito previo de la equidad.
  • Lesiones o muerte o daños causados al asegurado o al tomador o al propietario o al conductor del vehículo asegurado, sus parientes en línea directa o colateral hasta el segundo grado de consanguinidad inclusive, sus padres adoptantes, sus hijos adoptivos, su cónyuge no divorciado o su compañero permanente o sus dependientes. la misma exclusión opera con respecto a los socios, directores y representantes legales de la persona jurídica tomadora.
  • Lesiones o muerte o daños causados a los pasajeros cuando el vehículo asegurado sea conducido sin la autorización del asegurado.
  • Cuando el conductor desatienda señales reglamentarias de tránsito, carezca de licencia vigente o de categoría para conducir el vehículo asegurado.
  • Cuando el vehículo asegurado se encuentre con sobrecupo de pasajeros o se emplee para uso distinto al estipulado en la póliza.
  • Cuando el vehículo asegurado sea usado o aprehendido por cualquier acto de autoridad, o sea secuestrado o decomisado.
  • Cuando se transporten mercancías azarosas, inflamables o explosivas en el vehículo asegurado.
  • Esta póliza no ampara los perjuicios morales, ni el lucro cesante, excepto para el amparo de muerte.

Documentos mínimos para la expedición

  • Carta del tomador solicitando la póliza o aceptando la cotización.
  • Formato de conocimiento de clientes debidamente diligenciado.
  • Relación en Excel de vehículos con la siguiente información (marca, clase, motor, placa)

 

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